La Casa Bardín, sede del Instituto de Estudios Juan Gil-Albert, acogió una conferencia sobre “La nueva Ley de Mecenazgo y su impacto en la cultura”, impartida por el presidente de la Fundación Sociedad de Conciertos de Alicante, Alfonso Ramón-Borja, y el abogado del despacho Alcázar Mecenazgo, Ramón Pérez Lucena, doctor en Derecho y experto en fundaciones. La apertura de la mesa de trabajo corrió a cargo de la directora cultural del Instituto Alicantino de Cultura Juan-Gil-Albert, Cristina Martínez.
Los ponentes abordaron durante más de hora y media temas cruciales como el contexto del sector fundacional en España; las fundaciones desde el punto de vista del fundador y de los beneficios que suponen para cumplir con los fines y actividades fundacionales definidos en estatutos; el papel de las fundaciones como vehículo para financiar la cultura con la figura del mecenazgo y las deducciones y exenciones fiscales que supone; y presentaron un vehículo muy novedoso para añadir financiación a determinadas actividades culturales no exentas por medio de contratos de financiación y de AIE.
El presidente de la Fundación Sociedad de Conciertos de Alicante ha dado algunas cifras sobre el sector: las fundaciones suponen un 0,3% del PIB de la provincia de Alicante, una aportación que ocupa el séptimo puesto por la cola en España. Ha destacado que más allá de la economía, las fundaciones aportan importancia social, cultural, ética y refleja valores del ciudadano. Ha puesto de manifiesto que “las fundaciones suponen un valor intangible e incalculable. Son imprescindibles para la participación de la ciudadanía en la vida colectiva y filantrópica de la sociedad civil en los fines de interés general. Se trata de organizaciones dinamizadoras de la actividad económica”.
Alfonso Ramón-Borja puso como ejemplo el proceso de creación y los objetivos de la Fundación Sociedad de Conciertos de Alicante como une pieza clave para colaborar en la mejora del proyecto consolidado de la Sociedad de Conciertos de Alicante, una iniciativa de la más alta calidad. Añadió que sirve para la difusión de la cultura musical entre la ciudadanía, fomenta el amor por la música entre los jóvenes y mayores, aumenta las oportunidades laborales de los músicos profesionales, impulsa las mejores prácticas de la Responsabilidad Social Corporativa en la organización, incrementa la visibilidad de la marca en los foros musicales y culturales, contribuye a posicionar la marca Alicante como destino cultural relevante e impulsa un proyecto con una gestión plenamente transparente.
Alfonso Ramón-Borja ha puesto de manifiesto que la Fundación apoya A a la Sociedad de Conciertos de Alicante en cuestiones clave como: el Premio de Interpretación SCDA-Olfalvist; el reparto de becas de asistencia a conciertos tanto para jóvenes menores de 25 años como para profesionales de la música y también para personas con recursos escasos y dependientes, así como para sus acompañantes; becas de asistencia a conciertos para visitantes invitados; apoyo para la financiación de conciertos específicos. La Fundación también tiene un programa de actividades propias como: conciertos de jóvenes promesas; ciclos de conciertos con escolares; ciclos de conciertos provinciales; conciertos extraordinarios; y grabaciones discográficas de talentos emergentes.
Por su parte, Ramón Pérez Lucena ha puesto de manifiesto que en Estados Unidos o Suiza la gente colabora mucho con fundaciones y se convierten en verdaderos mecenas internacionales porque allí el ciudadano elige qué hacer con sus impuestos y muchos prefieren aportarlos a iniciativas sociales, con deducciones muy importantes. En España estamos en la cola porque nuestras deducciones tampoco son atractivas.
Ha señalado que la Fundación es un “traje jurídico” que se adapta a una realidad para financiar proyectos de interés general bien sean sociales, culturales, deportivo, investigación, educación, benéficos……
Ha hecho una exposición sobre los beneficios fiscales de La Ley de Mecenazgo en España para personas físicas y jurídicas que realizan donaciones a entidades sin ánimo de lucro que llevan a cabo actividades de interés general. Los principales incentivos fiscales son:
La deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
- Deducción del 80% en cuota para donativos de hasta 250 euro
- Deducción del 40% en cuota por el exceso desde 250 euro los dos primeros años
- Deducción del 45% en cuota por el exceso de 250 euro. 3 o más años
- Con el límite general del 10% de la base liquidable, o límite del 15% para no residentes.
La deducción en el Impuesto de Sociedades:
- 40% primeros dos años, 50% tercer año y siguientes, límite 15% de la base imponible, con un plazo de10 años para compensar.
Ambos ponentes expusieron ejemplos que pueden seguir en este vídeo: